A raíz de la problemática observada en la
actuación del Tribunal Disciplinario, el cual ha suspendido desde hace varias
semanas la celebración de las reuniones que le imponen los Estatutos de la
Hermandad, los integrantes de la Cámara de Representantes, pertenecientes a la
Agrupación Galaica, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 57 de dichos Estatutos
han solicitado a la Asamblea de Representantes, la convocatoria a una Asamblea
Extraordinaria de ese Órgano Electivo, a la cual sean citados los integrantes
del Tribunal Disciplinados para que expongan los motivos por los cuales han
asumido la actitud antes descrita.
Artículo 57.-
La Asamblea de Representantes celebrará sus reuniones en el domicilio social,
en el lugar adecuado y habilitado al efecto, pudiendo ser, por su carácter,
Ordinarias, Extraordinarias. Serán de carácter Ordinario las que se celebrarán
anualmente en las fechas y circunstancias que a continuación se indican:
G) En el transcurso del mes de Mayo de los años
electorales, para deliberar y resolver en cuanto a la presentación de la
memoria y cuenta que haga el Consejo Directivo del ejercicio económico según
cierre al treinta (30) de Abril del año en curso.
Serán de
Carácter Extraordinario las solicitadas por el Consejo Directivo, o por
solicitud de un tercio (1/3) como mínimo del total de la nómina de los
representantes,